Según la legislación internacional y la española, las películas pasan al dominio público cuando pasan 70 años desde el fallecimiento del autor, o 70 años desde su divulgación si la obra es anónima.
Esto significa que cualquiera puede reproducir, distribuir y comunicar públicamente estas películas sin peligro de cometer un ilícito civil o penal y sin obligación ninguna de pagar a las entidades de gestión de derechos de autor.
Siéntase libre el visitante de este blog de ver todas las películas en él contenidas, de compartirlas, de proyectarlas con fines divulgativos o de entretenimiento. El abanico de posibilidades es amplísimo. Sorprenderá encontrar clásicos de John Ford, Alfred Hitchcock o Charles Chaplin, entre otros.
Pasen, vean, y disfruten.
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Definición de Dominio Público en Wikipedia